ACTA DE FUNDACIÓN PROVISORIA

SOCIEDAD TOLKIEN DE ESGRIMA Y ÉPICA LITERARIA

(STEEL)

              
Asamblea de Fundación celebra el 3 de agosto de 2008, estando presentes el Concejo fundador y testigos, se aprobaron los siguientes estatutos:

 

 

 

  1. STEEL es una agrupación interdisciplinaria, enfocada a la promoción teórica y práctica de la esgrima tanto histórica como académica y a la lectura de obras épicas de contextos afines. Entiéndase por STEEL las siglas de Sociedad Tolkiendili de Esgrima y Épica Literaria

 

  1. Estudiamos esta disciplina tanto en su modalidad deportiva como en su base histórica durante el período de la Edad Media; abarcando su desarrollo en la zona europea y también en el oriente.  Del estudio investigativo histórico y empírico con la práctica de las diferentes manifestaciones de esgrima nacen recopilaciones de información que publicaremos en nuestro sitio virtual.

 

  1.  Fomentamos la lectura de obras épicas tanto históricas como fantásticas, que sean coincidentes con las épocas y culturas de donde provienen las diferentes clases de esgrima que estudiamos. Enfatizando nuestra atención en aquellos valores y principios sociales positivos que se descubren en estos relatos. El acercamiento a tales escritos y prácticas físicas tiene el objetivo de enriquecer cultural y corporalmente al participante, nunca se promoverá la violencia como medio para resolver conflictos.

 

  1. Los ideales más altos de la organización son:
    1. Aportar una opción de crecimiento integral novedoso a los participantes.
    2. Apoyar a los grupos culturales afines y crear alianzas entre ellos para su  desarrollo y beneficio mutuo.
    3. Ser una fuerza activa en el campo de la proyección pro social.

 

  1. Como objetivo general interno de la organización se cita “ Incentivar en el asociado el    desarrollo integral a nivel físico, moral e intelectual, sobre la base del aprecio a la Cultura Marcial Medieval

 

          Como objetivos Específicos, la sociedad pretende

 

                                                            I.      Desarrollar en el asociado la disciplina de la práctica regular de actividades físicas que lo beneficien en su salud.

 

                                                         II.      Incentivar en el asociado el desarrollo de valores morales, culturales, filosóficos y espirituales reflejados en la obra literaria a fin con el Medioevo o derivadas de la misma tradición, que le permitan crear un código ético de vida para una sana interacción con el medio y con la comunidad.

 

                                                     III.       Desarrollar en el asociado una base de conocimiento sobre la obra literaria e histórica que inspira la Épica y la literatura fantástica en general.

 

  1. La organización se mantiene económicamente mediante aportes mensuales voluntarios de los miembros y también con donaciones externas. Estas donaciones pueden ser monetarias, en especia o servicios. Tenemos dos tipos de miembros:

 

DIRECTO (referencia quenya "Artaher" o Noble) : Es aquel que aporta una donación económica mensual a la organización. Este miembro participa activamente como miembro con voz y voto del consejo que toma las decisiones administrativas y organizativas de la STEEL. .

 

INDIRECTO (referencia quenya "Ohtar" o Caballero) Es aquel que participa de las actividades de la organización pero no aporta donación económica. Este tipo de miembro tiene voz ante el concejo pero no tiene voto.

 

  1. Todo asociado directo o indirecto participa de los siguientes deberes y derechos:

           Derecho a

    1. Disponer de una posición de respeto y dignidad por merito propio ante sus compañeros, acorde con la practica honorable de sus artes.
    2. Hacer valer su opinión ante el concejo de la STEEL como parte de la estructura de apoyo.
    3. Llevar iniciativas creativas e innovadoras ante el concejo que vayan de la mano con los cánones y objetivos de la STEEL.
    4. Participar de los beneficios grupales que otorgue la STEEL al conjunto de asociados.

 

        Deber de:

    1. Respetar física y moralmente a sus compañeros, instructores y coordinadores de la STEEL.
    2. Acatar con honorable disposición los dictámenes de consenso que lleve a cabo el Concejo.
    3. Honrar los cánones de la STEEL y el código de conducta del mismo.
    4. Colaborar activamente y en la medida real de sus posibilidades de las actividades programadas por la STEEL de común acuerdo con sus otras asociadas.
    5. Favorecer las prácticas morales y físicas que lleven al adecuado crecimiento de los asociados.

 

  1. Sobre la estructura de organización interna, la organización posee 2 órganos:

 

 La Asamblea (referencia quenya "Valiath" o reunión de las gentes) formada por  los miembros de la organización tanto directos como indirectos. Bajo la formula parlamentaria la estructura de la organización reconoce como formula consultiva vinculante a un concejo ejecutivo que vela por el orden.  Sin embargo, procede de la asamblea la proposición de los proyectos y la articulación de los mismos, asumiendo de fe la potestad de su concejo para vetar o aprobar con argumentos dichos.


 Entre sus funciones estas:

1.     Presentar proyectos, modificaciones a estos o solicitudes explicitas de derogatoria a estos, bajo los lineamientos de la sociedad.

2.     Solicitar informes de los estados económicos y administrativos de la sociedad.

3.      Ventilar causas de contravención o trasgresión para su discusión y elevación a juicio interno.

4.     Organizar y promover actividades recreativas y de recaudación para la Sociedad.

5.     Proponer la integración de nuevos agrupamientos o sociedades a fines a los principios de la STEEL. 

 

 EL El CONCEJO (referencia quenya "Heriath" o Reunión de Señores) es la reunión de todos los miembros directivos, todos cuentan con voz y voto para la toma de decisiones.

 Entre sus principales atribuciones se cuentan:

 

  1. Velar por el respeto a los derechos de los asociados particulares o grupales, sin mediar parcialidad en sus decisiones.
  2. Coadyuvar en la resolución pacifica de conflictos a lo interno de la sociedad, mediando como tal al amparo de los procedimientos ya conocidos para la Resolución pacifica de conflictos.
  3. Representar a la sociedad en todo acto oficial o diplomático, interno o externo.
  4. Vetar o aprobar los proyectos debidamente tramitados por los Asociado directo en el Asamblea, de conformidad con la legalidad orgánica, la viabilidad económica y la concordancia ideológica del mismo con los cánones de la sociedad STEEL
  5. Ejercer con equidad la función de control político dentro de las nociones del sistema de cámara parlamentaria, tomando en cuenta su papel como consultor administrativo, fiscal y jurídico,
  6. Defender y fomentar la promoción de los valores morales y marciales propios de la base filosófica de la STEEL.
  7. Presentar informes periódicos de los movimientos fiscales y de los proyectos aprobados de modo que se verifique el seguimiento de los mismos.
  8. Protocoliza las reuniones y mantiene actas y registros escritos (no digitales y digitales) de las mismas.
  9. Verifica la concordancia de la Ley Orgánica de la Sociedad para establecer la legalidad de los proyectos y su ejecución de ser congruentes con las mismas.
  10. Establece el calendario de eventos y enlista por orden de prioridades las actividades de la organización.
  11. Verifica el cumplimiento de la norma en términos de aplicación de procedimientos, requisitos y normas adicionales referidas a la organización.
  12. Establece el orden de participación en el Conclave en pleno.
  13. En última instancia, actúa como tribunal de censura si así fuere necesario.

 

  1. El Concejo contiene en su estructura 4 puestos con responsabilidades específicas:

 

A.           Presidente (referencia quenya "Tar Arandur" o el que es mas que ministro):

Miembro directo que se encarga de coordinar los esfuerzos del concejo para la aprobación o improbación de los proyectos promovidos dentro de la Asamblea.   Es también representante legal debidamente reconocido y figura simbólica que debe exaltar las potestades y virtudes que profesa el código de conducta de la STEEL. Entre otras atribuciones está participar en actos protocolarios cuando la sociedad fuere invitada a los mismos por otras asociaciones, así como servir de mediador en los conflictos internos de la sociedad; también ostenta la dignidad de última instancia apelatoria en caso de presentarse diferendos de opinión severos y no contemplados en leste estatuto. Tiene voz y voto normales para la toma de decisiones y su tiempo de gestión será definido por el concejo. Su figura equivale para términos legales a la del Presidente de la sociedad.

 

 

B.           Secretario (referencia quenya "Parmando" o el que guarda los libros):

Miembro directo que se encarga de las reuniones como moderador, llevando la pauta de agenda y lleva las actas de las reuniones, también cumple funciones de consejero administrativo de procedimientos. El corresponde a su vez documentar las apelaciones de los asociados, recibir los proyectos de los mismos para su discusión en la asamblea y su revisión en el concejo, así como le corresponde trasmitir el resultado de las gestiones a los interesados.

Tiene voz y voto normales para la toma de decisiones y su tiempo de gestión será definido por el consejo. Su figura equivale para términos legales a la del Secretario de la sociedad.

 

C.           Fiscal (referencia quenya "Axantir" o el que observa la ley):

Miembro directo que está a cargo de vigilar que toda decisión tomada respete los lineamientos de la organización, así como la integridad física, personal, moral y social de los miembros y demás entes o personas con la que STEEL tenga contacto. Tiene plena autoridad de vetar las decisiones que lesionen alguno de los puntos anteriores, siendo debidamente argumentadas y aclaradas ante el Concejo, a la luz del Estatuto. Ningún otro canon salvo los espirituales y de conciencia humana podrá ser objeto de argumento para tales decisiones. Para resguardar su función fiscalizadora No dará voto en la toma de las decisiones, con la única excepción de que se necesite desempatar una votación.

Su tiempo de gestión será definido por el consejo. Su figura equivale para términos legales a la del Fiscal de la sociedad.

 

D.          Tesorero (referencia quenya "Harmadur" o guarda del tesoro):

Miembro directo encargado de administrar el flujo de los recursos económicos de la STEEL. Presentará informes de entradas y salidas de dinero ante el concejo con la frecuencia que este lo solicite, y debidamente comunicado con suficiente antelación. Será el único con acceso a depositar o retirar dinero de la cuenta bancaria donde se depositen las donaciones o cuotas de asociación.

Deberá recibir las donaciones, expedir el recibo respectivo y depositar el dinero. Adicional llevará las actas de inventario mueble e inmueble debidamente al día, e igual notificará al concejo a la existencia de los recursos necesarios o la ausencia del mismo, dando las razones del caso.

Su tiempo de gestión será definido por el concejo, junto con el protocolo para los movimientos y reportes económicos que sean requeridos. Su figura equivale para términos legales a la del Tesorero de la sociedad. Este miembro tiene vos ante el concejo pero como medida de transparencia en su función renunciará al voto durante el tiempo que ejerza como tesorero.

 

 

  1. En principio, la ley escrita o Estatuto (referencia quenya "Rimbe Namna" o Ley de la Hueste) interpretada por el concejo priva como autoridad máxima, siendo la Asamblea en pleno el ente corporativo que define los proyectos o toma las decisiones cruciales.    Al concejo se le elige rotativamente por periodos de 3 año entre los miembros presentes de la asamblea, al momento de la sucesión, siendo posible la continuidad del concejo si este reúne los meritos requeridos, y si ello es propuesto por alguno de los asociados directos. En caso contrario, siguiendo el mismo procedimiento, el nuevo concejo será definido por el colegio señorial habiendo el miembro postulante demostrado tener  los meritos necesarios para el puesto. La sucesión puede ser parcial o total, dependiendo del cónclave.

 

  1.  En lo referente a la Asamblea esta sesionará de manera irregular a conforme los asociados directos así lo soliciten para definir proyectos o decisiones prioritarias. En toda reunión de conclave debe estar presente al menos el secretario y presidente por cuestiones de rigor administrativo, fiscal y jurídico, sin lo cual las decisiones tomadas no pueden ser avaladas.    Los asociados indirectos pueden gestionar a través de los asociados directos una sesión de asamblea, pero están impedidos de convocar a una, dado su nivel de compromiso. Sin embargo su opinión pesa en tanto pueden aportar importantes datos o promover proyectos a los mismos.

 

  1. En lo referente al Concejo, su carácter consultivo lo imposibilita de tomar decisión alguna administrativa, fiscal o jurídica, siendo por demás sus máximas potestades el poder del Veto o del Ejecutar.      Bajo el amparo de este estatuto el concejo determina si es factible darle el aval a una propuesta o no, en dado caso este último se enviaría a replantear ante la Asamblea.   En el caso de un Conclave exento de la presencia de los concejales, el proyecto deberá ser presentado a las mayores brevedades para su discusión.   Revisadas las tres viabilidades, si el proyecto reúne los requisitos de formalidad, el concejo le dará su sello de EJECÚTESE para girar los recursos o formalizar los trámites con otras instancias para su realización.   En caso contrario el proyecto recibirá un VETO para ser revisado y/o mejorado. Cuando fuese el veto mayor a 3 veces, se dará por abortado el caso hasta por 6 meses para evitar el entrabamiento de otros proyectos.   Adicionalmente, el Presidente funge como representante o vocero de la organización y con el apoyo del Secretario coordinan el protocolo de las reuniones para darle seguimiento a las mismas con eficiencia.

 

  1. A parte del estatuto, como ley orgánica, se prescribe tres normas adicionales a manejar por el Concejo y la Asamblea.     

 

A. El MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, que define el proceso adecuado para seguir en la presentación de consultas, quejas o proyectos y apelaciones. También refiere a la forma de recaudación de recursos, a los procesos de filiación o de desafiliación y a las medidas para enfrentar situaciones de conflicto. Este manual debe ser de dominio popular, aunque de especial dominio del Secretario y Tesorero.

B. El MANUAL DE SANCIONES Y CONTRAVENCIONES, que resume los casos de contravención, falta leve, grave y muy grave, así como sus consecuencias y vía de ejecución. Este manual debe ser de dominio particular de los asociados directos, aunque de especial dominio del Fiscal

C. El MANUAL DE ACTIVIDADES Y CEREMONIAS ESPECIALES, que define la forma de llevar a cavo tanto las actividades lúdicas como aquellas demostrativas y culturales que refuerzan los fundamentos de la organización. Este manual debe ser de dominio popular, aunque de especial dominio del Secretario y del Presidente.

 

Otras normas menores como disposiciones de uso de foro y de trabajo interno serán mas expeditas y no requerirán de cuerpos complejos de norma.

 

 

  1. Sobre el proceso de filiación, todo nuevo miembro debe ajustarse a lo prescrito en esta cartas básicas y adoptar las normas de la STEEL

 

  1. Para los nuevos asociados los requisitos básicos son:
    1. Hacer la solicitud por escrito a través de un asociado directo que le apadrine en el proceso.
    2. Llenar el formulario correspondiente de Afiliación, haciéndolo llegar al oficial de reclutamiento (en este caso el Secretario)
    3. Participar de la ceremonia de iniciación o introducción al tema de las artes guerreras (dirigido por el Fiscal)
    4. Presentar la prueba de iniciación a convenir con el Concejo.
  2. Una vez admitido el nuevo asociado elegirá a cual de las cámaras del conclave se unirá, si a la de los asociados indirectos o a la de los asociados directos, adoptando con ello las responsabilidades de cada categoría.
  3. Cuando un asociado lo disponga podrá rescindir su membresía a la STEEL sin ningún cargo o consecuencia, salvo en los caso de posesión de bienes mancomunados o a préstamo o deudas adquiridas, en cuyo caso deberá antes solventar sus débitos.
  4. Un asociado podrá cambiar en forma ascendente o descendente su posición en la Asamblea habiendo previamente solicitado el cambio de condición al secretario y al fiscal, quienes analizaran el caso y lo elevaran al presidente para su verificación y ejecución.
  5. Un asociado que renunciare a la sociedad no podrá reingresar a ella con los mismos privilegios que anteriormente ostentara, sino que asume la categoría de nuevo ingreso automáticamente. En el caso de desafiliación por faltas o contravenciones, el asociado solo podrá afiliarse denuedo tras cumplida la penalización que le fuere impuesta por el Concejo, avalada por el pleno de la Asamblea.
  6. Para efectos de los bienes y servicios de la STEEL;
    1. Los bienes declarados mancomunados serán asignados por el tesorero  a solicitud expresa del Concejo, por solicitud aprobada de la Asamblea.   Estos bienes podrán ser materiales, monetarios o en servicios.
    2. El fondo del Tesoro lo constituyen todos los recursos activos o pasivos que contare la organización. El fondo de Capitalización mutual corresponde al recurso inmediato que aportan los Asociado directo mensualmente y cuya contaduría verifica el Tesorero.   El inventario general corresponde a los bienes materiales (equipo, trajes o misceláneos) que pudiera tener la sociedad, que igualmente solo serán distribuidos a consignación por orden del Concejo, a solicitud del Asamblea. Otros recursos pasivos como certificados a plazo o donaciones en proceso será utilizados solo cuando el tiempo y las circunstancias así lo determinen.
    3. Sobre el manejo del fondo mutual, los Asociado directo podrán disponer donar en forma cooperativa a alguno de sus pares de los recursos del fondo bajo las siguientes condiciones:

                                                            I.      Bajo necesidad extrema por salud o apoyo del núcleo familiar

                                                         II.      Para adquisición de equipo o materiales para recreaciones.

                                                     III.      Para financiar actividades recreativas internas de la STEEL.

 

En todos los caso la solicitud se hará a través de la Asamblea y con la verificación del  Concejo.

 

  1. Para solicitar apoyo en términos de servicios, la STEEL establece como servicios prioritarios para sus asociados:
    1. Montaje de espectáculos y alegorías medievalizadas para obras de caridad o bien social, así como culturales.
    2. Asesora técnica en la compra o adquisición de armería o equipo para la práctica de la esgrima medieval y olímpica.
    3. Realización de talleres artesanales y literarios de esgrima y artes a fines a la caballería medieval o la Obra literaria de JR Tolkien.
    4. Organización de fiestas o campamentos ambientados en la Caballería y la Cultura guerrera.
  2. Pueden hacer uso expreso de los servicios de la STEEL los asociados directos y sus organizaciones, en la medida que se reconoce a los asociados al Asamblea como vinculados o representantes de estas otras sociedades dentro de la STEEL. De conformidad, cuando una sociedad afiliada necesitares de todo el apoyo posible la STEEL deberá someter a juicio del Asamblea y del Concejo si existen los requerimientos para tal aporte, en caso de lo contrario responderá con razones lógicas la imposibilidad de ofertar el servicio.
  3. Cuando fuere posible, la STEEL podrá captar recursos por donativos de sus asociadas al ofertar un servicio, como forma de contribución de mantenimiento para la misma STEEL   Para tal efecto, los recursos donados en efectivo se consignaran al Fondo de Capitalización Mutual. 
  4. Sobre la designación de cargos dentro del Concejo se asumen las siguientes premisas:
    • La STEEL aplicará el principio democrático del sufragio en la toma de decisiones sobre proyectos o aspectos que se deliberen dentro del Asamblea.
    • Para la designación de los Concejales, se impone el principio de idoneidad y de meritocracia, donde se interpreta que la designación no depende de votación alguna sino de meritos, esfuerzo demostrado y logros.
    • Los Concejales podrán continuar su gestión cuando, vencido del plazo de su periodo, el Asamblea no objete con justos argumentos su continuidad. En caso contrario, el Asamblea elevara a condición de JUICIO DIVINO el caso de sucesión para la designación de los nuevos Concejales.
    • Interpretase como JUICIO DIVINO al fallo por debate de los imputados, por deficiencias o abuso en la tutela del puesto en el Concejo. Dicho caso debe ser presentado por alguno de los Asociado directo y solo podrá ser rebatido por otro de sus pares, siendo marginados del debate los imputados. 
    • Cuando el debate se dictamine como concluido, el fallo por lógica dictará la continuidad o no del miembro o miembros cuestionados.

 

  1. Podrán ser removidos por vía rápida los miembros del Concejo en cualquiera de los siguientes casos:

                                                            I.      Calumnias y difamación de la Sociedad o de los asociados o sus grupos de pertenencia original.

                                                         II.      Hurto o robo comprobado de bienes personales o mancomunados.

                                                     III.      Demostración de antivalores contrarios a las bases morales de la sociedad.

                                                       IV.      Divulgación de información vital que afecte a la sociedad o tergiversación de la misma con fines personales.

 

  1. Respecto a las actividades de la STEEL:

            Las actividades internas deberán separarse entre 3 grupos:

a.     recreativas,

b.     de Bien Social

c.      demostrativas.

a)       Toda actividad recreativa debe involucrar esparcimiento, camaradería y fortalecimiento de los lazos de apoyo de los asociados.

b)       Toda actividad de bien social involucrará una meta de acción pro social bien definida, trabajo de equipo y proyección cultural asertiva.

c)      Toda actividad demostrativa incluye una fase de prueba de conocimientos, una fase de ilustración practica o teórica y un adecuado enmarcamiento cultural ritualizado par fortalecer ideales y valores.

 

  1. Corresponde al Concejo definir al principio de cada año el calendario de actividades, balanceando en relación 1/3 la cantidad de actividades de cada categoría. En caso contrario, la cantidad de actividades externas no podrá exceder a las demás, sino ser igual o menor al 20 por ciento.

 

  1. Sobre otros varios:
    1. Los emblemas de la STEEL deberán ser una emulación de los elementos propios del contexto épico y fantástico de la Cultura tolkiniana o del Medioevo.
    2. Se poseerá por base un estandarte oficial y un escudo de armas debidamente alegorizado que incluya elementos líricos e históricos a fines con las bases literarias de la sociedad. También figuran como símbolos el Juramento de la Sociedad y una figura Totémica o mascota.
    3. Al inicio de cada acto oficial se introducirá el estandarte y para dar inicio al protocolo del Asamblea se adoptará el juramento como introducción.
    4. Sobre el animal tótem, este representa al Presidente, el cual deberá hacer su elección del mismo el mismo día que se le designa para el puesto. A su vez este figurará en el escudo de la sociedad por el tiempo que ocupe el cargo.
    5. La composición del estandarte y del escudo será definida por la primera Asamblea en el año de fundación y se anexará como reforma inmediata a este estatuto.
    6. Para cualquier reforma a esta norma será necesaria la totalidad de los sufragios a favor libremente emitidos durante el conclave que para tal fin fuere convocado, involucrando no menos del 80 por ciento del numero de asociados totales entre ambas cámaras.
    7. Sobre el Estandarte de la STEEL:

                                                            I.      El emblema así descrito habrá de consignarse en su hechura de la siguiente forma:

1.     En Campo de gules (Vino) con bordes de oro se inscribe en el centro un árbol de diseño variable, mitad oro y mitad plata.  Ello representa a los Árboles sagrados de la mitología tolkiniana, así como a los años de luz y oscuridad de la Edad Media.

2.     De punta de copa hasta raíces una espada surca el tronco en vertical, ello marca el principio guerrero del grupo y la fuerza de la esgrima como base del trabajo de la STEEL.

    1. Sobre el Escudo de STEEL:

                                                            I.      El emblema así descrito habrá de consignarse en su hechura de la siguiente forma:

1.     Borde estilo de heráldica español, dividido en cuatro cuadrantes alternado blanco y negro.

2.     Dentro de los cuadrantes superiores se superponen las figuras heráldicas del Águila y el Dragón, representando la oposición en el cielo entre lo negativo y positivo, según la Tradición Tolkien

3.     Dentro de los cuadrantes inferiores se superponen las figuras heráldicas del Toro y el León, representando la oposición en la tierra entre lo negativo y positivo, según la tradición de C.S Lewis.

 

 

 

        Aceptando bajo los cánones de la palabra del caballero y la buena fe estas normas y estatutos, los abajo firmantes quedamos en satisfacción y declaramos que este día tres de agosto del año del señor de dos mil ocho nos sujetamos como sociedad recién formada a estos, tomando con ellas los beneficios y penalizaciones que involucran.